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Capítulo VIProcuraduría Social del Estado

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco · arts. 39 a 45

Artículos

  • Art. 391. La Procuraduría Social del Estado es la dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene por objeto la defensa…
  • Art. 401. La titularidad de la Procuraduría Social del Estado es unipersonal y se denomina Procurador Social, quien será designado y…
  • Art. 411. La Procuraduría Social del Estado se organizará y funcionará de acuerdo con lo que dispongan tanto su Ley Orgánica, como los…
  • Art. 421. La Procuraduría Social del Estado tiene las siguientes atribuciones: I. Organizar la defensoría de oficio en el Estado; II.…
  • Art. 431. La función de Consejero Jurídico, prevista en el artículo 48 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, estará a cargo…
  • Art. 441. La Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado tiene las siguientes atribuciones: I. Representar al Titular del Poder…
  • Art. 451. Para el debido ejercicio de sus atribuciones, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal…