Capítulo IDisposiciones generales
Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco · arts. 63 a 67
Artículos
- Art. 63Los ejemplares contemplados en las disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre y las Normas Oficiales Mexicanas, estarán…
- Art. 64Cualquier actividad relacionada con los animales citados en este capítulo será regida por convenios o acuerdos de coordinación…
- Art. 65Las autoridades estatales y municipales deberán dar aviso a las autoridades federales competentes cuando tengan conocimiento del…
- Art. 66Se procurará establecer en estos convenios las disposiciones necesarias para que, de ser requisados por la autoridad federal o…
- Art. 67Las autoridades estatales y municipales auxiliarán a las autoridades competentes para aplicar las medidas necesarias para la…