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Capítulo XDe la coordinación del Sistema Estatal con los Sistemas Nacional y municipales

Ley de Protección Civil del Estado · arts. 67 a 70

Artículos

  • Art. 67La coordinación que establezca el Sistema Estatal, el Sistema Nacional y los sistemas municipales, tendrá por objeto precisar: I.…
  • Art. 68El Director General de la Unidad Estatal informará anualmente a la Secretaría de Gobernación y a los ayuntamientos, sobre el…
  • Art. 69Cuando la situación de emergencia lo amerite, el Comité Estatal de Emergencia solicitará el auxilio de los gobiernos federal y…
  • Art. 70La Unidad Estatal, con base en los acuerdos que celebre con las dependencias federales competentes, llevará un control de las…