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Artículo 70

Ley de Protección Civil del Estado· Capítulo X. De la coordinación del Sistema Estatal con los Sistemas Nacional y municipales

La Unidad Estatal, con base en los acuerdos que celebre con las dependencias federales competentes, llevará un control de las empresas que dentro del territorio del Estado, realicen actividades con materiales peligrosos y explosivos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.