Capítulo VIIIDe la educación inclusiva y especial
Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco · arts. 45 a 52
Artículos
- Art. 45La educación inclusiva es aquella que propicia la inclusión y participación activa de las personas con discapacidad en las…
- Art. 46La educación inclusiva tiene como finalidad favorecer el aprendizaje de todos los educandos en los tipos y niveles educativos…
- Art. 47En la aplicación de esta Ley, se garantizará el derecho a la educación a los educandos con discapacidad, aptitudes…
- Art. 48Para garantizar la educación inclusiva, la Secretaría, en el ámbito de su competencia, ofrecerán (sic) las medidas pertinentes…
- Art. 49En el Sistema Educativo Estatal se observarán las disposiciones en materia de accesibilidad señaladas en la presente Ley, la Ley…
- Art. 50La autoridad educativa estatal ofrecerá acceso a programas y servicios educativos para personas adultas en distintas modalidades…
- Art. 51La educación para personas adultas será considerada una educación a lo largo de la vida y está destinada a la población de quince…
- Art. 52Las personas beneficiarias de la educación referida en este Capítulo podrán acreditar los conocimientos adquiridos, mediante…