Capítulo IXDel reconocimiento deportivo
Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco · arts. 66 a 73
Artículos
- Art. 66Independientemente de los requisitos que establezcan los municipios del estado y otras dependencias, correspondientes a la…
- Art. 67El Code Jalisco realizará un listado de escuelas, clubes, gimnasios, academias, centros de entrenamiento o instalaciones…
- Art. 68El Code Jalisco, inducirá o concertará de común acuerdo con particulares o con asociaciones u organizaciones que los representen…
- Art. 69Los organismos que presten servicios de instrucción y práctica de actividades de cultura física y deporte, que no cumplan con los…
- Art. 70La aplicación de sanciones por incumplimiento a la presente ley, su reglamento y demás disposiciones legales de la materia, les…
- Art. 71Las sanciones por infracciones a esta ley consistirán en: I. Amonestación; II. Limitación, reducción o cancelación de apoyos o…
- Art. 72Contra las resoluciones de los órganos directivos, procederá el recurso de reconsideración ante la propia entidad que dictó la…
- Art. 73Los órganos directivos, así como comités regionales, asociaciones, ligas, clubes y equipos deportivos registrados en el Sistema…