Capítulo IDel Sistema Estatal de Archivos
Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 72 a 77
Artículos
- Art. 72El Sistema Estatal de Archivos es el conjunto orgánico y articulado de relaciones institucionales y funcionales, métodos, normas…
- Art. 73El Sistema Estatal contará con un Consejo Estatal, como órgano de coordinación, que estará integrado permanentemente por: I. El…
- Art. 74El Consejo Estatal, para el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de sus objetivos, contará con un Secretario Ejecutivo…
- Art. 75El Consejo Estatal sesionará de manera ordinaria dos veces al año, y extraordinaria las veces que sea necesario. El Presidente, a…
- Art. 76El Consejo Estatal tendrá las siguientes atribuciones: I. Implementar las políticas, programas, lineamientos y directrices para…
- Art. 77El Presidente, con auxilio del Secretario Ejecutivo, tendrá las siguientes facultades: I. Convocar, a través del Secretario…