Capítulo IIIPiso
De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada) · arts. 27 a 34
Artículos
- Art. 27Están obligados a pagar por este concepto: I. Las personas que ocupen cuartos o puestos fijos en los mercados públicos; II.…
- Art. 28Los productos a que se refiere este Capítulo se calcularán por metro cuadrado o fracción según cuotas diferenciales que…
- Art. 29Los comerciantes establecidos permanentemente en mercados, plazas, calles y jardines serán incluidos, en un registro general de…
- Art. 30De las recaudaciones que efectúen los municipios por el concepto a que se refiere este Capítulo, se separará un 10% diez por…
- Art. 31Cuando a la autoridad municipal convenga la desocupación de un sitio público concederá para ello al causante un plazo mínimo de…
- Art. 32Los pagos por este concepto se harán diariamente, pero a solicitud de los interesados puede efectuarse la recaudación por…
- Art. 33La Tesorería Municipal ordenará que se instalen en lugares visibles de los mercados, plazas y sitios públicos, pizarrones en que…
- Art. 34En todo caso los causantes por este Capítulo deberán entenderse con el Administrador del Mercado de su jurisdicción.