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Capítulo IVCementerios

De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada) · arts. 35 a 40

Artículos

  • Art. 35Los Cementerios se lotificarán en cuatro categorías, la última de las cuales se reservará para inhumaciones exceptuadas de pago.…
  • Art. 36El arrendamiento de fosas y la inhumación gratuita serán por el término de cinco años, después del cual serán desalojadas y…
  • Art. 37La persona interesada en adquirir a perpetuidad una fosa que se halla dentro del término del arrendamiento, sólo pagará la…
  • Art. 38Quedan exceptuadas de pago las inhumaciones que se efectúen dentro de una propiedad adquirida anteriormente en las fosas que no…
  • Art. 39Además de las cuotas de arrendamiento y venta de lotes en los cementerios municipales, la tarifa correspondiente deberá…
  • Art. 40Todo pago será previo a la utilización de la fosa y demás servicios del ramo.