Capítulo IVCementerios
De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada) · arts. 35 a 40
Artículos
- Art. 35Los Cementerios se lotificarán en cuatro categorías, la última de las cuales se reservará para inhumaciones exceptuadas de pago.…
- Art. 36El arrendamiento de fosas y la inhumación gratuita serán por el término de cinco años, después del cual serán desalojadas y…
- Art. 37La persona interesada en adquirir a perpetuidad una fosa que se halla dentro del término del arrendamiento, sólo pagará la…
- Art. 38Quedan exceptuadas de pago las inhumaciones que se efectúen dentro de una propiedad adquirida anteriormente en las fosas que no…
- Art. 39Además de las cuotas de arrendamiento y venta de lotes en los cementerios municipales, la tarifa correspondiente deberá…
- Art. 40Todo pago será previo a la utilización de la fosa y demás servicios del ramo.