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Capítulo VDe las infracciones

Código Urbano para el Estado de Jalisco · arts. 372 a 374

Artículos

  • Art. 372Son infracciones cuya responsabilidad corresponde a los encargados de las oficinas del Registro Público de la Propiedad: I.…
  • Art. 373Los servidores públicos estatales y municipales encargados de la aplicación del presente Código, incurren en responsabilidad y se…
  • Art. 374Los funcionarios públicos responsables de las infracciones señaladas en los artículos 372 y 373, serán sancionados conforme las…