Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo VIINormas protectoras y privilegios del salario

Ley Federal del Trabajo · arts. 98 a 116

Artículos

  • Art. 98Los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios. Cualquier disposición o medida que desvirtúe este derecho será nula.
  • Art. 99El derecho a percibir el salario es irrenunciable. Lo es igualmente el derecho a percibir los salarios devengados.
  • Art. 100El salario se pagará directamente al trabajador. Sólo en los casos en que esté imposibilitado para efectuar personalmente el…
  • Art. 101El salario en efectivo deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales…
  • Art. 102Las prestaciones en especie deberán ser apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y razonablemente proporcionadas…
  • Art. 103Los almacenes y tiendas en que se expenda ropa, comestibles y artículos para el hogar, podrán crearse por convenio entre los…
  • Art. 103 BisEl Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, conforme a la Ley que lo regula, establecerá las bases para…
  • Art. 104Es nula la cesión de los salarios en favor del patrón o de terceras personas, cualquiera que sea la denominación o forma que se…
  • Art. 105El salario de los trabajadores no será objeto de compensación alguna.
  • Art. 106La obligación del patrón de pagar el salario no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en esta Ley.
  • Art. 107Está prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto.
  • Art. 108El pago del salario se efectuará en el lugar donde los trabajadores presten sus servicios.
  • Art. 109El pago deberá efectuarse en día laborable, fijado por convenio entre el trabajador y el patrón, durante las horas de trabajo o…
  • Art. 110Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos y con los requisitos siguientes: I. Pago…
  • Art. 111Las deudas contraídas por los trabajadores con sus patrones en ningún caso devengarán intereses.
  • Art. 112Los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo el caso de pensiones alimenticias decretadas por la autoridad…
  • Art. 113Los salarios devengados en el último año y las indemnizaciones debidas a los trabajadores son preferentes sobre cualquier otro…
  • Art. 114Los trabajadores no necesitan entrar a concurso, quiebra, suspensión de pagos o sucesión. El Tribunal procederá al embargo y…
  • Art. 115Los beneficiarios del trabajador fallecido tendrán derecho a percibir las prestaciones e indemnizaciones pendientes de cubrirse…
  • Art. 116Queda prohibido en los centros de trabajo el establecimiento de expendios de bebidas embriagantes y de casas de juego de azar y…