Los beneficiarios del trabajador fallecido tendrán derecho a percibir las prestaciones e indemnizaciones pendientes de cubrirse, ejercitar las acciones y continuar los juicios, sin necesidad de juicio sucesorio.
Artículo 115
Ley Federal del Trabajo· Título Tercero. Condiciones de Trabajo › Capítulo VII. Normas protectoras y privilegios del salario
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