Los salarios devengados en el último año y las indemnizaciones debidas a los trabajadores son preferentes sobre cualquier otro crédito, incluidos los que disfruten de garantía real, los fiscales y los a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre todos los bienes del patrón.
Artículo 113
Ley Federal del Trabajo· Título Tercero. Condiciones de Trabajo › Capítulo VII. Normas protectoras y privilegios del salario
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