Capítulo IIDuración de las relaciones de trabajo
Ley Federal del Trabajo · arts. 35 a 41
Artículos
- Art. 35Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá…
- Art. 36El señalamiento de un obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza.
- Art. 37El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes: I. Cuando lo exija la naturaleza…
- Art. 38Las relaciones de trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables o para la restauración de minas…
- Art. 39Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada por todo el tiempo…
- Art. 39-AEn las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de ciento ochenta días, podrá establecerse un periodo a…
- Art. 39-BSe entiende por relación de trabajo para capacitación inicial, aquella por virtud de la cual un trabajador se obliga a prestar…
- Art. 39-CLa relación de trabajo con periodo a prueba o de capacitación inicial, se hará constar por escrito garantizando la seguridad…
- Art. 39-DLos periodos a prueba y de capacitación inicial son improrrogables. Dentro de una misma empresa o establecimiento, no podrán…
- Art. 39-ECuando concluyan los periodos a prueba o de capacitación inicial y subsista la relación de trabajo, ésta se considerará por…
- Art. 39-FLas relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores…
- Art. 40Los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año.
- Art. 41La substitución de patrón no afectará las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento. El patrón substituido será…