Las relaciones de trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables o para la restauración de minas abandonadas o paralizadas, pueden ser por tiempo u obra determinado o para la inversión de capital determinado.
Artículo 38
Ley Federal del Trabajo· Título Segundo. Relaciones Individuales de Trabajo › Capítulo II. Duración de las relaciones de trabajo
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