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Artículo 747

Ley Federal del Trabajo· Título Catorce. Derecho Procesal del Trabajo › Capítulo VII. De las Notificaciones

Las notificaciones surtirán sus efectos de la manera siguiente:

I. Las personales: el día y hora en que se practiquen, contándose de momento a momento, cualquiera que sea la hora en que se haya hecho la notificación, salvo disposición en contrario en la Ley; y II. Las demás; al día siguiente al de su publicación en el Boletín, o en la lista que se publique en los estrados del Tribunal;

Fracción reformada DOF 01-05-2019 III. En dos días las que se realicen al buzón electrónico, y Fracción adicionada DOF 01-05-2019 IV. Las realizadas por vía electrónica, se harán al buzón electrónico asignado a cada una de las partes, cuando se genere la constancia de la consulta realizada, la cual, por una parte, el órgano jurisdiccional digitalizará para el expediente electrónico y, por otra, hará una impresión que agregará al expediente impreso correspondiente como constancia de notificación.

Fracción adicionada DOF 01-05-2019 Se entiende generada la constancia cuando el sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales locales, produzca el aviso de la hora en que se recupere la determinación judicial correspondiente, contenida en el archivo electrónico.

Párrafo adicionado DOF 01-05-2019

Artículo reformado DOF 04-01-1980

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 745 Ter

Conexiones con otras normas

Lo que la ley no dice por número pero une a estos artículos. Son lectura nuestra, con su estado.

  • este artículo fija los efectos de LFT art. 733 Leer LFT art. 733 →

    Lo que corre desde que surte efecto la notificación son los términos: empiezan el día siguiente.

    Verificada el 8 de octubre de 2026 contra el texto oficial.

  • LFT art. 746 fija los efectos de (a este artículo) este artículo Leer LFT art. 746 →

    El 746 dice que surten efectos las notificaciones hechas en el Boletín; el 747 dice cuándo: al día siguiente de su publicación.

    Verificada el 8 de octubre de 2026 contra el texto oficial.

  • LFT art. 745 Bis fija los efectos de (a este artículo) este artículo Leer LFT art. 745 Bis →

    La lista se publica a primera hora hábil del día siguiente al de la resolución; los efectos corren desde su publicación.

    Verificada el 8 de octubre de 2026 contra el texto oficial.