Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 400

Ley Federal del Trabajo· Título Septimo. Relaciones Colectivas de Trabajo › Capítulo III

Si ninguna de las partes solicitó la revisión en los términos del artículo 399 o no se ejercitó el derecho de huelga, el contrato colectivo se prorrogará por un período igual al de su duración o continuará por tiempo indeterminado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 399

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.