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Artículo 39

Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS › Capítulo III. Del Personal Operativo y su Registro

Para iniciar el proceso de contratación de elementos operativos es necesario que el prestador proporcione al aspirante una solicitud que será diseñada por la Dirección y que debe contener al menos los datos siguientes:

I. Nombre completo;

II. Registro Federal de Contribuyentes;

III. Domicilio actual;

IV. Huellas dactilares;

VI. Fotografías de frente y perfil;

VII. Tipo sanguíneo;

VIII. Carta de buena conducta expedida por el patrón del empleo anterior, que contenga período en que laboró, actividades que realizaba y los motivos de separación;

IX. Si perteneció a algún cuerpo de seguridad pública o privada, copia del nombramiento o contrato y de la renuncia o baja respectiva;

XI.El aspirante deberá anexar a la solicitud los documentos originales de: a) Acta de nacimiento; b) Cartilla del servicio militar nacional; c) Carta de no antecedentes penales; d) Constancia de los estudios básicos obligatorios; e) Certificado médico; f) Resultados negativos de examen antidoping; g) En su caso acta de matrimonio; y h) Los demás que determinen otros ordenamientos aplicables y la Secretaría, a través de circulares.

Antes de la contratación, el prestador deberá otorgar a la Dirección los nombres de los aspirantes, con el propósito de que se realice una búsqueda en los Registros Nacionales y Estatales de Seguridad Pública.

La contratación del personal será siempre bajo la estricta responsabilidad del prestador.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.