1. Para efectos de este capítulo se entiende por:
I. Consejo: el Consejo Consultivo Ciudadano del Sistema;
II. Defensor: el Defensor de Audiencia del Sistema;
III. Director: el Director del Sistema;
IV. Multiprogramación: asignación de más de una vía de transmisión de la misma señal original de televisión o radio; y V. Programación: publicación diaria que abarca el contenido que se transmite por el Sistema.