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Artículo 103

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Séptimo. ÓRGANOS TÉCNICOS DEL CONGRESO DEL ESTADO › Capítulo III. Sistema de Radio y Televisión › Sección Primera. Disposiciones Generales

49 1. Son principios rectores del Sistema:

I. La pluralidad informativa;

II. El manejo objetivo, incluyente, transparente y abierto de la información generada en el Congreso del Estado;

III. El respeto y trato equitativo a los diputados, las diputadas y órganos del Congreso del Estado; y IV. El respeto y observancia del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2. El Sistema tiene como ejes rectores de producción: la transparencia, la democracia, los derechos humanos y la cultura.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 49