La citación a los Jurados se hará por medio de cédulas que serán entregadas a los interesados por conducto de la policía o de un empleado del Tribunal, y contendrán:
I. El lugar y la fecha en que se expida la cita;
II. El objeto de ella, con expresión de los nombres y apellidos del acusado, del delito por el cual debe ser juzgado yo la designación de la persona contra quien fue cometido.
III. El lugar, día y hora en que deba instalarse el jurado;
IV. La prevención de que si el citado no concurriere pagará una multa equivalente a tres salarios mínimos o arresto de uno a tres días, excepto causa justificada o fuerza mayor que calificará el Juez o Tribunal.
V. La firma del Secretario y el sello.