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Capítulo VIIISERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN SU MODO DE ESPECIALIZADO EN SU CLASIFICACIÓN DE TRANSPORTE TURÍSTICO

Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco · arts. 181 a 184

Artículos

  • Art. 1811. Las autorizaciones para el transporte público especializado en su clasificación de Transporte Turístico se otorgarán a…
  • Art. 1821. Las características especiales, la antigüedad y la sustitución de los vehículos para la prestación del servicio de transporte…
  • Art. 1831. Para la sustitución de los vehículos será necesario presentar los siguientes documentos: I. Solicitud de sustitución; II.…
  • Art. 1841. Las personas operadoras del servicio de transporte público en su modo especializado en su clasificación de turístico deberá…