Capítulo SegundoDel Consejo Consultivo para el Otorgamiento de Premios
Ley que Establece las Bases para el Otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco · arts. 8 a 13
Artículos
- Art. 8Se instituye el Consejo Consultivo para el Otorgamiento de Premios como organismo dependiente de la Secretaría General de…
- Art. 9El Consejo Consultivo se integrará por: I. Secretaría General de Gobierno, quien lo presidirá; II. Secretaría de Educación; III.…
- Art. 10El cargo de consejero será honorífico, durará en el cargo tres años, podrá ser reelecto por un período más. Los integrantes del…
- Art. 11Son obligaciones del Consejo Consultivo: I. Emitir su reglamento interno, en el que se establecerá el procedimiento para la…
- Art. 12El Consejo sesionará válidamente con la asistencia de la mayoría de los consejeros y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos…
- Art. 13El Consejo podrá allegarse todos los medios de convicción necesarios, a efecto de dictaminar sobre los méritos de los candidatos.