Son obligaciones del Consejo Consultivo:
I. Emitir su reglamento interno, en el que se establecerá el procedimiento para la entrega de los premios;
II. Sesionar conforme a la periodicidad y forma que se establezca en el reglamento;
III. Emitir convocatorias públicas para la recepción de propuestas de candidatos a recibir los premios que se otorgarán anualmente y en casos extraordinarios a los que se refiere la ley; y IV. Analizar los expedientes de los candidatos propuestos y elaborar dictamen respecto al acreedor del premio en cada una de las modalidades que se establecen en la ley, el cual comunicará al Titular del Ejecutivo.