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Capítulo VIIDeclaratoria de Reservas, Usos y Destinos de Áreas y Predios

Ley que aprueba el Plan Parcial de Urbanización y Control de la Edificación para la Protección Ecológica de la Zona de Los Colomos · arts. 28 a 39

Artículos

  • Art. 28En cumplimiento a lo ordenado por el Art. 27 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Jalisco, se decreta que forman…
  • Art. 29Se aprueba el contenido de los planos y del cuadro a que se refiere el artículo anterior, y se les otorga, conjuntamente, con…
  • Art. 30Los planos del anexo gráfico de este plan contienen los siguientes aspectos obligatorios: I. La demarcación del área de…
  • Art. 31La duración de las limitaciones de utilización que en esta Declaratoria se establecen, será por todo el tiempo de la vigencia de…
  • Art. 32La ejecución del Plan se efectuará conforme a los Arts. 6.° y 7.° fracs. II y VII, y 20 fracs. I, IV y V, de la Ley de…
  • Art. 33Conforme al Art. 20, fracs. IV y VII, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Jalisco, cualquier acción que altere la…
  • Art. 34Los Ayuntamientos involucrados, el Departamento de Planeación y Urbanización del Estado, y el Sistema Intermunicipal de Agua…
  • Art. 35La utilización del suelo, dentro del área de aplicación, se sujetará a las normas del Plan que se aprueba y, además, a lo…
  • Art. 36En caso de duda, respecto de áreas contenidas dentro del Plan Parcial, corresponderá al Ejecutivo, por conducto del Departamento…
  • Art. 37El Registro Público de la Propiedad deberá, en cumplimiento del Art. 28 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado: I.…
  • Art. 38En los términos y para los efectos del Art. 61 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Jalisco, las obras de…
  • Art. 39En la revisión de las tablas catastrales, la comisión correspondiente deberá ajustar los valores del suelo a las disposiciones…