Capítulo Único
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco · arts. 1 a 6 Bis
Artículos
- Art. 11. La presente ley tiene por objeto regular las facultades del Poder Ejecutivo, así como establecer las bases de la…
- Art. 21. El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un solo individuo, que se denomina Gobernador del Estado. 2. El Gobernador del…
- Art. 31. La Administración Pública del Estado se divide en: I. Administración Pública Centralizada, integrada por las dependencias; y…
- Art. 41. El Gobernador del Estado posee las siguientes atribuciones: I. Ejercer las facultades conferidas por la Constitución Política…
- Art. 51. Las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, contarán con la estructura orgánica que determine su…
- Art. 61. Los titulares de las dependencias y entidades podrán ser nombrados y removidos de su cargo libremente por el Gobernador del…
- Art. 6 BisLas dependencias y entidades que para su operación y funcionamiento cuenten con órganos colegiados, en casos fortuitos o de…