Para nombrar a los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Electoral, deberá observar el siguiente procedimiento:
I. Cada partido político registrado ante el Consejo Electoral del Estado, tendrá derecho a proponer ciudadanos para que desempeñen los cargos de Magistrados; y II. Los partidos políticos deberán presentar sus propuestas, a más tardar, el día 30 de septiembre del año anterior a la elección ante el Congreso del Estado, el cual designará a los Magistrados correspondientes y les tomará la protesta de Ley.
En los recesos del Congreso del Estado, la Diputación Permanente hará los nombramientos de los Magistrados.
En el caso de que los partidos políticos no presentaren sus propuestas en el término previsto en la fracción II, de este artículo, perderá su derecho de hacerlo posteriormente.