El Tribunal de lo Contencioso Electoral se instalará e iniciará sus funciones dentro de la primera quincena del mes de octubre del año anterior al de la elección.
En el caso de elecciones extraordinarias, se estará a lo dispuesto en la convocatoria respectiva.
El Tribunal de lo Contencioso Electoral entrará en receso, si al término del proceso electoral, resolvió todos los asuntos sometidos a su competencia.