Los partidos estatales y Municipales se constituirán por actas en que se consignen las generales de los asociados fundadores y los estatutos o bases constitutivas. Los mínimos de afiliación a que se refiere el artículo 13 podrán completarse mediante diversas actas levantadas en el Estado o en el municipio respectivo.
Artículo 15
Ley Electoral (1948) (Electorales, abrogada)· Capítulo III. DE LOS PARTIDOS POLITICOS
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 13
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.