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Capítulo IDISPOSICIONES GENERALES

Ley de Salud del Estado de Jalisco · arts. 30 a 42

Artículos

  • Art. 30Servicios Básicos de Salud. Concepto. 1. Se consideran servicios de salud todas aquellas acciones realizadas en beneficio del…
  • Art. 31Servicios Básicos de Salud. Clasificación. 1. Los servicios de salud se clasifican en: I. De atención médica; II. De salud…
  • Art. 32Servicios Básicos de Salud. Grupos en situación de vulnerabilidad. 1. Conforme a las prioridades del Sistema de Salud, se…
  • Art. 33Servicios de Salud. Cobertura. 1. Para la organización y administración de los servicios de salud, la Secretaría de Salud…
  • Art. 34Servicios de Salud. Servicios Básicos. 1. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios…
  • Art. 35Servicios Básicos de Salud. Control del Dolor. 1. Para prevenir y controlar el dolor se consideran servicios básicos los…
  • Art. 36Servicios Básicos de Salud. Salud Bucodental. 1. Como instancia de coordinación de acciones de los sectores público, privado y…
  • Art. 37Servicios Básicos de Salud. Clasificación. 1. Para los efectos de esta Ley, los servicios de salud, atendiendo a los prestadores…
  • Art. 38Servicios Básicos de Salud. Servicios Públicos de Salud. 1. Son servicios públicos a la población en general, los que se…
  • Art. 39Servicios de Salud. Cuotas de Recuperación. 1. Las cuotas de recuperación que, en su caso, se recauden por la prestación de…
  • Art. 40Servicios Básicos de Salud. Determinación de las Cuotas. 1. Para la determinación de las cuotas de recuperación, se tomará en…
  • Art. 41Servicios de Salud. De Carácter Social. 1. Son servicios de salud de carácter social los que preste directamente o mediante la…
  • Art. 42Servicios de Salud. De Carácter Privado. 1. Son servicios de salud privados los que presten personas físicas o jurídicas en las…