Capítulo VIDe la integración y funcionamiento de los Sistemas Municipales de Protección Civil
Ley de Protección Civil del Estado · arts. 42 a 44
Artículos
- Art. 42En cada uno de los municipios del Estado, se establecerá el Sistema Municipal de Protección Civil y su respectiva Unidad…
- Art. 43Los reglamentos que establezcan la organización y regulen la operación de los Sistemas Municipales, serán expedidos por cada…
- Art. 44El Consejo Municipal de Protección Civil estudiará la forma para prevenir los desastres y aminorar sus daños en cada una de sus…