Capítulo IIAuditor Superior
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 15 a 20
Artículos
- Art. 151. El Auditor Superior es el titular de la Auditoría Superior. 2. El Auditor Superior será electo por el voto de cuando menos las…
- Art. 161. Para ser Auditor Superior se requiere cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución Política del…
- Art. 171. Para la elección del Auditor Superior se aplicará el siguiente procedimiento: I. El Congreso del Estado emitirá una…
- Art. 181. En las ausencias temporales del Auditor Superior, que no excedan de treinta días hábiles, quedará encargado de la Auditoría…
- Art. 191.El Auditor Superior será removido, además de las causas establecidas en la Constitución Política y la Ley de Responsabilidades…
- Art. 201. El Auditor Superior tiene las siguientes atribuciones: I. Representar a la Auditoría Superior legalmente y con poderes de…