Capítulo III
Ley de Educación Superior del Estado de Jalisco · arts. 74 a 77
Artículos
- Art. 741. La autoridad de educación superior del Estado o la institución pública de educación superior que otorgue la autorización o el…
- Art. 751. La autoridad de educación superior del Estado o las instituciones públicas de educación superior que hayan otorgado la…
- Art. 761. Además de aquellas establecidas en la Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco, son infracciones de quienes…
- Art. 771. Las infracciones enumeradas en el artículo anterior serán sancionadas de la siguiente manera: I. Imposición de multa, para lo…