Capítulo Único
Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco · arts. 1 a 10
Artículos
- Art. 1La presente Ley es de orden e interés público. Tiene por objeto establecer las bases para lograr el desarrollo rural sustentable…
- Art. 2La presente Ley es de aplicación supletoria para los casos no previstos en las leyes que en lo particular regulen la actividad…
- Art. 3Las políticas de desarrollo rural sustentable en el Estado, serán congruentes con las leyes, reglas, normas y servicios que…
- Art. 4Las políticas de desarrollo rural sustentable en el Estado estarán encausadas atendiendo al principio de corresponsabilidad de la…
- Art. 5Para el desarrollo rural sustentable del Estado, se tomará como base la división territorial que realice el Consejo de…
- Art. 6Son sujetos de la presente Ley: I. Las personas físicas y jurídicas que de manera individual o colectiva realicen principalmente…
- Art. 7Para los efectos de esta ley se entiende por: I. Actividades Agropecuarias. Los procesos productivos primarios basados en los…
- Art. 8La aplicación de esta ley, en coordinación con la federación, corresponde: I. Al Titular del Ejecutivo del Estado a través de la…
- Art. 9Son auxiliares de las autoridades señaladas en el artículo anterior: I. La Comisión Intersecretarial; II. Los Consejos Estatal…
- Art. 10En contra de los actos o resoluciones que se dicten en los términos de esta ley y su reglamento, se estará a lo dispuesto por la…