Capítulo IVDe la Seguridad y Soberanía Alimentaria
Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco · arts. 141 a 143
Artículos
- Art. 141Los Gobiernos Estatal y Municipal, establecerán las medidas para procurar el abasto de alimentos y productos básicos y…
- Art. 142Se considerarán productos básicos y estratégicos los señalados en el artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable con…
- Art. 143Para cumplir con los requisitos de la seguridad y soberanía agroalimentaria el Gobierno del Estado impulsará líneas de acción en…