Capítulo IIDe los distintos honores
Ley de Beneméritos del Estado de Jalisco · arts. 4 a 8
Artículos
- Art. 4La Memoria de los Beneméritos del Estado de Jalisco será honrada según lo determine el decreto que al efecto apruebe el Congreso…
- Art. 5Las Rotondas erigidas en la "Plaza de Jaliscienses Ilustres", que circundan las calles de Liceo, Independencia, Alcalde e Hidalgo…
- Art. 6Los restos de las personas que hayan sido declaradas beneméritas, de conformidad al artículo 2 de esta Ley, podrán ser acogidos…
- Art. 6 BisLas esculturas conmemorativas que se coloquen por ningún motivo podrán contener mensajes, leyendas o símbolos de naturaleza…
- Art. 6 TerBajo ninguna circunstancia podrá ser retirada una escultura de la <Plaza de jaliscienses Ilustres=. Sólo podrá ser removida…
- Art. 7El honor de inscribir el nombre de alguna persona en letras doradas en el muro central del Salón de Sesiones del Congreso del…
- Art. 8Derogado