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Artículo 375

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Proceso Electoral › Título Sexto. De la Jornada Electoral › Capítulo Décimo Cuarto. Cómputos de los Consejos Municipales Electorales

1. Con la documentación electoral de las casillas se formará el paquete electoral, que será remitido al Consejo General del Instituto Electoral dentro de las veinticuatro horas siguientes a la conclusión del cómputo, enviando en sobre por separado una copia del acta de dicho cómputo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 377