Capítulo IDe los testamentos en general
Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 2666 a 2675
Artículos
- Art. 2666‑ El testamento es el acto jurídico, unilateral, personalísimo, libre y solemne por medio del cual una persona física capaz para…
- Art. 2667‑ No pueden testar en el mismo acto dos o más personas, ya en provecho recíproco, ya en favor de un tercero.
- Art. 2668‑ Ni la subsistencia del nombramiento del heredero o de los legatarios; ni la designación de las cantidades que a ellos…
- Art. 2669‑ Cuando el testador deje como herederos o legatarios a determinadas clases formadas por número ilimitado de beneficiarios, tales…
- Art. 2670‑ El testador puede encomendar a un tercero que haga la elección de los actos de beneficencia pública o de los establecimientos…
- Art. 2671‑ Podrá el testador señalar para la adecuada interpretación de su testamento las causas y circunstancias por las que se otorga en…
- Art. 2672‑ La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, está afectada de nulidad absoluta.
- Art. 2673‑ Para la interpretación de los testamentos se deberán de tomar en consideración las siguientes reglas: Debe atenderse más a la…
- Art. 2674‑ Si un testamento se pierde por un evento ignorado por el testador, o por haber sido ocultado por otra persona, podrán los…
- Art. 2675‑ En todo testamento, el testador deberá expresar cuando los hubiere, los siguientes datos: sus generales, documento con que se…