‑ Podrá el testador señalar para la adecuada interpretación de su testamento las causas y circunstancias por las que se otorga en determinado sentido y no será causa de invalidez el hecho de que las mismas sean erróneas o falsas, ya que con ello se pretende preservar los derechos de afección de que es titular.
Artículo 2671
Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Sexto. De las sucesiones › Título Segundo. De la sucesión por testamento › Capítulo I. De los testamentos en general
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.