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Capítulo IVDe la tutela legítima de los dementes, idiotas, imbéciles, sordomudos, ebrios y de los que habitualmente abusan de las drogas enervantes

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 538 a 543

Artículos

  • Art. 538El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer, y ésta lo es de su marido.
  • Art. 539Los hijos mayores de edad son tutores de su padre o madre libres de matrimonio.
  • Art. 540Cuando haya dos o más hijos, será preferido el que viva en compañía del padre o de la madre; y siendo varios los que estén en el…
  • Art. 541Los padres son de derecho tutores de sus hijos, solteros o viudos, cuando estos no tengan hijos que puedan desempeñar la tutela…
  • Art. 542A falta de tutor testamentario y de persona que con arreglo a los artículos anteriores deba desempeñar la tutela, serán llamadas…
  • Art. 543El tutor del incapacitado que tenga hijos menores bajo su patria potestad, será también tutor de ellos, si no hay otro…