Capítulo IIJornada de trabajo
Ley Federal del Trabajo · arts. 58 a 68
Artículos
- Art. 58Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Esta podrá…
- Art. 59La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales.
- Art. 60Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas. Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las…
- Art. 61La duración de la jornada diaria será de ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
- Art. 62Para fijar la jornada de trabajo se observará lo dispuesto en el artículo 5o., fracción III.
- Art. 63Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.
- Art. 64Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo…
- Art. 65En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la…
- Art. 66La jornada de trabajo podrá prolongarse por circunstancias extraordinarias. En estos casos, se abonará como salario por este…
- Art. 67Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de…
- Art. 68Las personas trabajadoras no están obligadas a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido en este capítulo. La…