Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 92

Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo XII. De las Visitas

Previo a la visita, todos los visitantes deberán ser revisados de aduana respectiva, por personal de custodia y vigilancia que será del mismo sexo del visitante. Sólo por causas justificadas y que atenten contra la seguridad de la institución, podrán entrar al cubículo de revisión otros miembros del personal, quienes deberán estar autorizados por el Director, bajo su responsabilidad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.