Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 105

Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo XIII

Los traslados podrán verificarse para la práctica de diligencias judiciales o para la atención médica especial que deban recibir en otra institución, previa autorización del Director.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.