Capítulo II
Reglamento Estatal de Zonificación · arts. 278 a 288
Artículos
- Art. 278En congruencia con el artículo 45 de la Ley de Aguas Nacionales, se establece que son las autoridades municipales, a través de…
- Art. 279Los proyectos y la construcción de las redes de agua potable y alcantarillado deberán ser revisados y aprobados por la autoridad…
- Art. 280De conformidad con lo señalado en el artículo 234 de la Ley, el Proyecto Definitivo de Urbanización deberá incluir tanto el…
- Art. 281Para la ejecución de sus respectivas obras se tomará como base lo estipulado en: I. “Normas Técnicas para la construcción e…
- Art. 282En la captación hidráulica para usos urbanos, se deberán prever las siguientes medidas: I. No se debe permitir descargas de aguas…
- Art. 283En zonas sujetas a fenómenos naturales cíclicos, las plantas potabilizadoras y de tratamiento de aguas residuales, deberán contar…
- Art. 284Para el tendido de la red hidráulica de distribución se deberán considerar los siguientes criterios: I. Los objetivos principales…
- Art. 285Para el tendido de la red sanitaria se deberán considerar los siguientes criterios: I. Para el cálculo del gasto medio de aguas…
- Art. 286Las plantas de tratamiento estarán sujetas a la observación de los siguientes criterios: I. Deberán estar cercadas en su…
- Art. 287Los sistemas de drenaje pluvial considerarán los siguientes criterios: I. En zonas de nuevo desarrollo se deberá incluir la…
- Art. 288En los sistemas de drenaje pluvial, se permitirá la opción de drenaje pluvial superficial, como son escurrimientos naturales…