En los sistemas de drenaje pluvial, se permitirá la opción de drenaje pluvial superficial, como son escurrimientos naturales, cunetas y canales, cuando se considere que se cumplen los criterios de conservación de la configuración urbana y no represente peligro para la salud o la integridad de la población.
Artículo 288
Reglamento Estatal de Zonificación· Título Cuarto. Normas de Ingeniería Urbana › Capítulo II
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