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Artículo 281

Reglamento Estatal de Zonificación· Título Cuarto. Normas de Ingeniería Urbana › Capítulo II

Para la ejecución de sus respectivas obras se tomará como base lo estipulado en:

I. “Normas Técnicas para la construcción e instalaciones de la Obra Pública”, de la Secretaría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;

II. “Normas de Construcción”, de la Comisión Nacional del Agua;

III. Las especificaciones particulares del organismo responsable del sistema de agua potable y alcantarillado del centro de población;

IV. La norma oficial mexicana (NOM); y V. Las disposiciones establecidas en el reglamento de construcciones del municipio.

En este capítulo se indican exclusivamente algunos de los lineamientos generales para este tipo de proyectos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.