Para la ejecución de sus respectivas obras se tomará como base lo estipulado en:
I. “Normas Técnicas para la construcción e instalaciones de la Obra Pública”, de la Secretaría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;
II. “Normas de Construcción”, de la Comisión Nacional del Agua;
III. Las especificaciones particulares del organismo responsable del sistema de agua potable y alcantarillado del centro de población;
IV. La norma oficial mexicana (NOM); y V. Las disposiciones establecidas en el reglamento de construcciones del municipio.
En este capítulo se indican exclusivamente algunos de los lineamientos generales para este tipo de proyectos.