Las vialidades colectoras se sujetarán a las siguientes normas:
I. Velocidad de proyecto: a) En terreno plano: 60 kilómetros por hora; y b) En terreno con lomeríos: 50 kilómetros por hora;
II. Número de carriles de circulación: 2 mínimo.
Siendo preferente la vialidad de un solo sentido;
III. Anchura de los carriles de circulación: 3.50 metros;
IV. Anchura de los carriles de estacionamiento: 2.50 metros;
V. Anchura mínima de las aceras: de acuerdo a los (sic) señalado en el cuadro 46;
VI. Anchura de la faja separadora central, o camellón central: este elemento es opcional, dependiendo de las características del diseño urbano, cuando se ubique su ancho mínimo será de 1.50 metros;
VII. Pendiente longitudinal máxima: a) En terrenos planos: 4 por ciento; y b) En terrenos con lomeríos: 8 por ciento;
VIII. Radios mínimos en las esquinas de las intersecciones: 5 metros;
IX. Separación mínima a lo largo de la vía principal: 400 metros;
X. El derecho de vía mínimo permisible será de los siguientes tipos: a) Derecho de vía de 25.00 metros, en vialidades de doble sentido, y con estacionamiento a ambos lados. Este tipo es adecuado para zonas de usos mixtos y de comercios y servicios, deberá evitarse la ubicación en estas vías de lotes con frentes menores de 10 metros. 1. Cuatro carriles con anchos mínimos indicados en la fracción III de este artículo; 2. Dos carriles de estacionamiento con anchos mínimos señalados en la fracción IV de este artículo; y 3. Banquetas, con los anchos mínimos indicados en la fracción V de este artículo; b) Cuando los lotes con frente a estas vías tengan 30 metros o más, y la utilización del suelo sea de intensidad mínima o baja, se podrán eliminar los carriles de estacionamiento de la sección descrita en el inciso anterior, dando un derecho de vía mínimo de 20 metros; y 181 c) Derecho de vía de 17 metros, en vialidades denominadas colectoras menores, que son las que colectan el tráfico en zonas habitacionales proveniente de las calles subcolectoras y locales; son vías de uno o dos sentidos, con estacionamiento a ambos lados.
La sección de este derecho de vía se compone de los siguientes elementos: 1. Dos carriles con anchos mínimos indicados en la fracción III de este artículo; 2. Dos carriles de estacionamiento con anchos mínimos señalados en la fracción IV de este artículo; y 3. Banquetas, con los anchos mínimos indicados en la fracción V de este artículo.