Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 109

Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia· Título Cuarto. 17 DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA › Capítulo IV. PROCEDIMIENTO PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN

La oficina encargada de la recepción de las solicitudes y entrega de la información será la Dirección de Comunicación Social y Difusión, misma que deberá, al siguiente día de recibir la petición, enviarla al órgano correspondiente, con copia a la Secretaría General de Acuerdos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.