Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 38

Reglamento del Registro Estatal de Movilidad y Transporte· Título Cuarto

Para el registro de los titulares de concesiones del servicio público de transporte a fin de obtener la constancia de inscripción deberá presentar: a) Solicitud de inscripción por escrito; b) Acta de nacimiento; c) Identificación oficial con fotografía; d) Constancia de Clave Única de Registro de Población (CURP); e) Comprobante de domicilio a nombre del solicitante (no mayor a 90 noventa días de antigüedad); f) Documento vigente con el que se acredite la titularidad de la concesión; y g) Realizar el pago de derechos correspondientes.

Si la solicitud es presentada mediante apoderado legal: a) Escritura pública en la que conste la personalidad jurídica con la que comparece; y b) Identificación oficial con fotografía.

Los documentos deberán ser presentados en original y copia para su debido cotejo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.