Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 37

Reglamento del Registro Estatal de Movilidad y Transporte· Título Cuarto

Para la inscripción de las unidades pertenecientes a las empresas cuyo giro es el arrendamiento de vehículos se deberá presentar los siguientes documentos: a) Solicitud por escrito; b) Acta constitutiva de la persona jurídica; c) Escritura pública en la que conste la personalidad jurídica con la que comparece (apoderado y/o representante legal); d) Comprobante de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya sea persona física o jurídica; e) Documento con el que se acredite la legal propiedad del vehículo(s); f) Autorización por parte del municipio donde se preste el servicio para el caso de arrendadoras de automotores; 22 g) Comprobante de domicilio fiscal (no mayor a 90 noventa días de antigüedad); y h) Realizar el pago de derechos correspondientes.

Si la solicitud es presentada mediante apoderado legal, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán presentar: a) Escritura pública en la que conste la personalidad jurídica con la que comparece; y b) Identificación oficial con fotografía.

Los documentos deberán ser presentados en original y copia para su debido cotejo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.